El CIJ informa que hoy "en un caso por la transferencia de Radio Continental al Grupo Prisa, el Máximo Tribunal no admitió los recursos presentados contra la decisión que impide el traspaso de la licencia. Para decidir de tal modo, la mayoría, integrada por seis de los siete jueces del Tribunal, sostuvo que el pronunciamiento no era una sentencia definitiva ni equiparable a tal, lo que impedía su revisión en la instancia extraordinaria. Los ministros Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni expresaron, además, que no se había demostrado que la cautelar pudiese paralizar u obstaculizar la aplicación de disposiciones de carácter general por parte del Comfer, ni que las empresas apelantes sufrieran un agravio de tal magnitud que no pudiera ser reparado con la sentencia que se dicte. Agregaron, dado que el pronunciamiento cautelar fue dictado en diciembre de 2004, que correspondía reiterar lo dicho por el Tribunal el 5 de octubre de 2010 en la causa “Grupo Clarín S.A. y otros”, en cuanto a que los magistrados no deben perder de vista que si la sentencia demorara un tiempo excesivo, se permitía a la actora –en este caso Radio y Televisión Trenque Lauquen S.A.- obtener por conducto de una medida cautelar el mismo resultado que lograría en el caso de que se admitiera su demanda."
Pero a pesar de esta argumentación, es decir del conocimiento pleno del abuso del derecho en este tipo de casos donde se sostiene una medida provisoria durante 5 años, nuevamente la Corte señala vagamente que considera conveniente que se fije un límite razonable para la vigencia de la medida cautelar y sugiere que , si los jueces de la causa no lo hicieran, los afectados por la medida podrían requerir la fijación de ese plazo.
Algo absolutamente inútil. Hace diez días, ante la solicitud de fijación de plazos o revocación de la cautelar a favor de Fibertel, la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal no solo confirmó el fallo que había ordenado al Estado nacional abstenerse “de afectar o limitar de cualquier forma la efectiva prestación del servicio de acceso a Internet que ofrece Fibertel (Cablevisión), hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión planteada” sino que además, no fijó ningún plazo y extendió los alcances de la medida.
Así, sin necesidad de prueba ni sentencia, los grupos economicos logran suspender la vigencia de leyes, decretos y medidas administrativas por el solo hecho de considerar que se afectan sus intereses.
Cinco años. Más de los cuatro que dura un gobierno. ¿Y la seguridad jurídica?
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