Se presento ayer el proyecto de ley del Diputado Recalde sobre "Regimen de participación laboral en las ganancias de las empresas" (Expte 6837-D-2010) El proyecto fue firmado además por Salim, Diaz Roig, Gullo, Nebreda, Alizegui, Basteiro, Godoy, Kunkel, Robledo, Pais, Gonzalez, Argüello, Plaini y Pereyra.

En el artìculo 1º del proyecto se establece que “todos los trabajadores, empleados u obreros que presten servicios en virtud de un contrato de trabajo en una empresa con fines de lucro, tendrán derecho a una retribución anual en concepto de participación de las ganancias” fijándose esta participación en el 10% de las ganancias netas que seràn distribuìdas entre los trabajadores esta retribución "no integra ni sustituye el salario legal y convencional" y no se computa para la determinación de cargas sociales (art. 2º)
Tambien se fijan excepciones para empresas al régimen general (nueva empresa y ganancia mínima) además de una vigencia escalonada segùn la cantidad de trabajadores.
Es importante destacar el art. 18 del proyecto que establece que la empresa debe a los fines de la ley, "informar a los trabajadores de la empresa y a la asociación sindical que los represente la ganancia neta de la empresa." Y lo más importante: "Esta ley es de orden público. Consecuentemente, será nulo y sin valor todo pacto o convención de partes, anterior o posterior a la entrada en vigencia de la presente ley, que suprima o reduzca los derechos previstos por ésta y quedan derogadas todas las disposiciones en contrario."

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