Esperemos que la justicia decida de una vez agrupar las causas, porque por más que estas condenas nos causen una enorme satisfacción, a este paso los abuelitos sanguinarios cumplirán sus sentencias en casa.
Añejos asesinos condenados
Esperemos que la justicia decida de una vez agrupar las causas, porque por más que estas condenas nos causen una enorme satisfacción, a este paso los abuelitos sanguinarios cumplirán sus sentencias en casa.
Cada vez son menos
El MST y el PCR perdieron el Centro de estudiantes de
El boqueo de Buzzi
Sin embargo, sus dichos causaron la reacción de los restantes integrantes de la mesa de enlace que avisó que “no reconoce esta consigna como propia, y no se identifica con los conceptos allí vertidos"
Se entiende la reacción. Quien debía jugar el rol de “izquierda” en el desgaste, pegó un volantazo y dañó la táctica opositora. Jugados a la oposición de “consenso” entre diferentes expresiones políticas que consumió la gilada que los apoya, este agrupamiento a la derecha puede situarlos en una posición incómoda y provocar rechazo en los consensualistas bobalicones.
Por suerte está
Para reparar daños, parece que
Porque es mujer, peronista y “zurda”
Hace tiempo que estas opiniones corren por la oposición gorila. El reclamo de austeridad pasa para ellos por una transformación de vestuario, del floreado al trajecito y un buen corte de pelo estilo “estadista” mujer para tachar la presencia femenina en el poder.
También se le demanda que hable menos - todos sabemos que las mujeres hablan mucho - pero como esta mujer dice sin leer y de corrido, abruma porque muchos que no pueden ni saben decir ni siquiera leyendo.
Pero el verdadero y completo fastidio aparece con el “microfonito” y otros gestos. Me encanta cuando Cristina acomoda el microfonito porque la tilinguería se revuelca de odio. No se porqué.
En resumen parece que molesta una voz de la racionalidad femenina que interpela. Y no es la voz del oráculo, de la madre, ni de la pitonisa que encuentra un lugar en el mundo de los hombres.
Desde ya que pueden oponerse a nuestras ideas, nuestros proyectos o como quieran llamarlo, pero la discriminación y el psicologismo como argumento político no solo es hartante sino también berreta.
Pero no solo la detestan porque es mujer, también y fundamentalmente porque es peronista y de “izquierda”. Una especie de trilogía diabólica que literalmente “los saca” y “nos pone” a nosotros a defenderla, ni más ni menos porque sus politicas de estado representan muchos de los principios históricos del movimiento nacional y popular.
Macri, la Iglesia y la educación pública
Quisiera detenerme ahora en el caso de la educación pública, que es donde la política del macro-liberalismo queda totalmente desnuda. A la negación del aumento a los docentes (no hay plata!) siguió la represión policial y luego la preocupación porque el Estado nacional recuperó la gestión de los fondos de jubilaciones y pensiones que Menem y Cavallo le regalaron a la patria financiera para armar un mercadito de capitales.
Como afirma CTERA: “Otra vez como en los 90 la Educación Pública está en peligro. Esta vez de la mano del ajuste presupuestario en la Ciudad de Buenos Aires”.
El gobierno de Mauricio Macri y la militante de la opción por los “pobres como uno”, Gabriela Michetti, utilizó sólo el 9% del presupuesto asignado para reparar escuelas y el 6% del destinado a la construcción. En su primer año de gestión avaló el aumento de las cuotas de los comedores escolares, a la vez que se sacaba la carne del menú, se recortaban las viandas y se les daba salchichas y soja a los chicos. Recortó becas, le quitó los subsidios a las cooperadoras escolares y no se preocupó por garantizar el acceso a la escuela primaria de unos 6000 chicos que están en listas de espera y son de la zona sur.
Y ahora que la legislatura porteña le dio facultades para la reasignación de partidas presupuestarias, porque el dinero está; Macri dice que no va a utilizar “superpoderes”.
¿Se podía esperar otra cosa del dúo Macri-Michetti en temas de educación pública (por no hablar de otros) que no sea retroceder varios casilleros en esta loca carrera de la humanidad?
Por si faltaba algo para exhibir lo que piensa hacer con la educación pública este espacio político, tenemos la creciente intromisión de la Iglesia en cuestiones educativas, entre otros con el objetivo de profundizar en los niños los caminos hacia la resignación cristiana.
No sólo se trata de que la Dirección General de Educación de Gestión Privada de la Ciudad esté conducida por Enrique Adolfo Palmeyro, hombre de Juan Torella, responsable de la Vicaría para la Educación del Arzobispado porteño, sino que desde allí se avanza sobre el ámbito público como, por ejemplo, quedó demostrado en la organización del V Foro de Educación; foro de formación docente del que participaron unos 3500 educadores de escuelas secundarias privadas y públicas. Fue allí, donde Bergoglio, alma pater de Gabriela Michetti y hombre muy preocupado por la orientación política del gobierno nacional, dijo: "Nuestros alumnos son rehenes de los conflictos familiares, sociales, políticos y gremiales. Esto pasa aquí, en nuestra ciudad y en nuestro país."
Pero ya que hablamos de la educación privada y los intereses de la Iglesia, tampoco es casual el lugar que ocupa Palmeyro si vemos que prácticamente la mitad de las escuelas porteñas son emprendimientos privados y de entre ellos las instituciones religiosas son la mayoría y por lo tanto se llevan la mayor parte de los 577 millones de pesos con los que el Gobierno de la Ciudad subsidia a estos emprendimientos mientras retacea fondos para la educación pública. Por caso, el Consejo Superior de Educación Católica (Consudec) se queda con la nada despreciable cifra de 320 mil pesos mensuales.
Macri, un muchacho que estudió en el Cardenal Newman y se recibió de Ingeniero en la Universidad Católica, sigue apostando a la educación privada y religiosa. Pero ojo que no discrimina. A la escuela del Club River Plate, que cobra cuotas en el orden de los $500, le gira 160 mil pesos por mes. Lo que se dice, un tipo generoso… con los de su clase.
Está visto que la opción por la educación que hace este gobierno es la de incentivar el traslado de alumnos hacia la enseñanza privada, mientras la escuela de gestión estatal es pensada como un espacio para la contención del pobrerío, y se mantienen a buen resguardo las instituciones donde la elite forma a sus hijos.
Digámoslo con todas las palabra. Esta es la derecha de la dependencia. Nada de educación pública de calidad. Nada de investigación + desarrollo. Nunca lo hicieron en sus empresas, nunca lo harán para el país. A cambio de sus privilegios regalan la Argentina a los países centrales. Ya lo dijo Macri en pleno conflicto con los empresarios agropecuarios: dejemos el desarrollo industrial para Alemania. Qué más se puede agregarr.
Ardi Beltza
La muerte de las AFJPs les duele y mucho
Les duele y saltan espantados porque lo que se les cae encima es la obra cumbre del saqueo neoliberal en la República Argentina. Les duele más que la nacionalización del Correo (no se si algunos se acuerdan de la lamentable gestión de Macri) y que la nacionalización de Aerolíneas Argentinas (farsesco paradigma de las inversiones extranjeras).
La creación del sistema de jubilaciones privadas fue la más vergonzosa expresión de la rapiña neoliberal. Quebrar un sistema solidario a favor de la capitalización individual fue obra de personajes inescrupulosos que lograron inocular en la sociedad argentina que la salida individual (el sálvese quien pueda) era la solución a nuestros problemas. Una gran mentira ya que una sociedad sólo trasciende como tal a partir de la construcción de lazos de solidaridad: en salud, educación, protección social, etc.
En realidad durante más de diez años algunos vivos lograron burlarse de una amplia mayoría prometiéndoles un mundo de goce pleno mientras incautaban su capital social, su trabajo, sus ahorros bancarios y también los jubilatorios.
El circuito era perverso. Dinero que hasta 1994 manejaba el Estado, a partir de entonces pasó a manos privadas (previa recaudación del Estado) para luego prestárselo a una interesante tasa de interés. Además del total recaudado por cada aportante, un parte suculenta era descontada en concepto de comisiones y otros gastos entre los que se incluía la publicidad en los grandes medios de comunicación. Negocio redondo para la patria financiera.
“El 75 por ciento del dinero de las jubilaciones privadas está invertido en títulos y acciones que vienen cayendo desde 2007 y se desplomaron con la crisis. (…) Actualmente hay 446.000 jubilados que cobran (o deberían cobrar) sus haberes de las AFJP porque hicieron su aporte previsional enteramente a ellas. Sin embargo, al 77 por ciento de esos jubilados, el Estado les tiene que pagar algo. Y la lógica indica que cuantas más personas se jubilen en el sistema privado, más va a tener que desembolsar el Estado. Los números son elocuentes: a 33.000 personas jubiladas por AFJP el Estado les tiene que pagar el 100 por ciento de su jubilación, porque su dinero en las AFJP se evaporó. A 220.000 personas les paga la mitad de la jubilación. A otras 100.000 les paga algo de la jubilación. Y sólo el 23 por ciento (103.000 jubilados) cobra enteramente sus haberes de las AFJP. (…) De las últimas 70.000 personas que ingresaron al mercado laboral, 63.000 (el 90 por ciento) optaron por el sistema de reparto y sólo 7000 (10 por ciento) eligieron las AFJP. Actualmente aportan a las AFJP unos cinco millones de personas y al Estado unos 3,5 millones.” (Página 12, 20-10-08)
Pocas fueron las voces que en plena orgía menemista se alzaron contra esa política de desguace del Estado argentino. Quiero aquí rescatar una de ellas, la del por entonces diputado del Grupo de los Ocho, Moisés Fontela, quién advirtió: “Más inteligente que los funcionarios que pretendían embaucarnos con las ventajas sociales del cambio de régimen, González Fraga puso las cosas en su punto: se trata de cambiar de dueños a la Argentina, cambiar de manos el control del poder económico. Lo primero fue sacar de ese control al Estado, luego la lucha por la hegemonía pasa por desalojar a los sectores tradicionales (propietarios de los bienes productivos) y reemplazarlos por los nuevos sectores emergentes, de servicios y financieros, vinculados a empresas trasnacionales o estatales extranjeras. En definitiva, la construcción de un nuevo sistema de dominación: la colonización financiera. (…) Al servicio de la propaganda del sistema privado están el discurso oficial, millones de pesos gastados en publicidad, y las noticias y comentarios de medios periodísticos que viven de los intereses de anunciantes interesados en ese fabuloso negocio”.
La recuperación social del sistema previsional pasa a debatirse en el Congreso. Una vez más los distintos actores políticos podrán decidir si votan a favor del poder concentrado o de la construcción de un nuevo modelo de sociedad: inclusiva, solidaria y con capacidad autónoma para su desarrollo. Los argentinos todos tendremos que decidir de qué lado de la historia nos ponemos.
Ardi Beltza
Proyecto Sistema Integrado Previsional Argentino
BUENOS AIRES, 21-OCT-2008
Tengo el agrada de dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración un proyecto de Ley por el que se propicia la eliminación del actual régimen de capitalización, que deberá ser absorbido y sustituido por un único régimen de reparto.
Se persigue el objetivo de la unificación del sistema integrado de jubilaciones y pensiones en un único régimen público que se denominará Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a ser financiado por un sistema solidario de reparto,
Tal régimen deberá garantizar a todos los afiliados y beneficiarios del actual régimen de capitalización idéntica cobertura y tratamiento que la que brinda el régimen previsional público.
El presente proyecto de Ley enmarca al sistema de seguridad social dentro de los preceptos constitucionales contenidos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, al establecer que el Estado es quien otorga los beneficios de la Seguridad Social en forma Integral e irrenunciable.
Este sistema previsional unificado estará basado en el principio de solidaridad, en el que el régimen público tiene un rol Inclusivo y redistributivo, acorde con las políticas que ha desarrollado el Gobierno Nacional desde el año 2003.
Las jubilaciones y pensiones deben, por definición, otorgar certezas a los ciudadanos en un momento de sus vidas en el cual ya no participan de la fuerza activa de trabajo.
Los antecedentes históricos del sistema previsional en la República Argentina tienen su hito fundacional en la creación de la Secretaría de Trabajo y Previsión el 27 de noviembre de 1943 ya que, hasta dicha fecha no existía un esquema central estratégico y, por lo tanto, coexistían diversos sistemas jubilatorios que le daban respuestas particulares y heterogéneas, no cuidando la igualdad de los ciudadanos ante la Ley.
La creación del Consejo Nacional de Previsión Social en el ario 1944 formalizó el convencimiento del Estado Nacional en cuanto a diseñar y poner en funcionamiento un sistema previsional de alcance nacional e integral.
La reforma de la Carta Magna del año 1949 había otorgado rango constitucional a los derechos ciudadanos sobre la Seguridad Social, liderando en Latinoamérica las cuestiones relativas al reconocimiento de los derechos de los trabajadores, Este proceso inclusivo y protector de derechos solo pudo ser detenido por los quiebres del orden institucional
El actual artículo 14 bis de la Constitución Nacional expresamente consagró la obligación del Estado en cuanto al otorgamiento de los beneficios de la seguridad social con carácter de integral e irrenunciable, así como el derecho a jubilaciones y pensiones móviles
Las Leyes N° 18.037 Y N° 18.038 construyeron un sistema público y solidario de alcance general que abarcaba a la mayor parte de la población económicamente activa , cubriendo las contingencias de vejez, invalidez y fallecimiento.
Dicho sistema sufrió un progresivo deterioro , originado, entre otras causas, en el constante proceso dé desindustrialización comenzado a fines de la década de 1970; la creciente informalidad laboral y la consecuente caída de los recursos del sistema; la proliferación dé regímenes especiales sin los necesarios esquemas de financiamiento; los cambios demográficos; el proceso inflacionario y sus consecuencias sobre las relaciones ingreso/gasto del sector público y la alta litigiosidad por problemas de diseño del sistema.
Aquél conjunto de circunstancias pusieron claramente de manifiesto que no puede existir un sistema previsional que funcione sin relaciones laborales formales,
Estas ratones, adicionadas a las dificultades macroeconómicas que vivió la República Argentina, fueron condiciones que evidenciaron la necesidad de replantear el sistema entonces vigente,
Sin embargo, la respuesta otorgada oportunamente por el Estado no tuvo una visión nacional solidaria y sustentable que previera aumentar los niveles de cobertura1 el valor de las prestaciones y el sostenimiento en el tiempo de los derechos de que se trata,
Así ,se implementó la idea del ahorro individual administrado por empresas privadas, reemplazando al seguro social de base solidaria como pilar fundamental del sistema, considerando que sólo quien podía ahorrar podría jubilarse cristalizando la distribución del ingreso,
Claro está que dichas administradoras sólo podrían existir mediante una regulación que privilegiara al sistema de capitalización por sobre el régimen público, No es ocioso recordar que el proyecto original ; eliminaba la participación del Estado, es decir el régimen de reparto del sistema previsional público argentino, quedando dentro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la organización institucional residual de las cajas previsionales y de asignaciones familiares,
La imposición del sistema de capitalización traía aparejada la visión de que los aportes eran de propiedad individual por lo que, la cuestión del trabajo organizado, también fue concebida como un asunto individual.
Sin embargo los resultados contradijeron dicha premisa. Así en 1993 antes dé la implementación del régimen de capitalización la tasa de desempleo fue del OCHO CON OCHO POR CIENTO (8,8%), un alto después de la vigencia del régimen, la misma se habla incrementado en DIEZ (10) puntos porcentuales, llegando hasta el DIECIOCHO POR CIENTO (18%). La crisis del año 2001 marcó un pico de desempleo del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) y hoy luego de CINCO (5) años de políticas públicas activas, ha vuelto a colocarse por debajo del OCHO POR CIENTO (8%) con lo que se pone de manifiesto la importancia de la presencia del Estado en materia de políticas activas y de control sobre los mercados laborales, como determinante del empleo formal.
Por otra parte, cabe resaltar el desarrollo del mercado de capitales, en ese sentido el volumen de fondos administrados por las ADMINISTRADORAS DE FONDOS OE JUBILACIONES Y PENSIONES (AFJP) destinado a la adquisición de acciones equivale al DIECINUEVE CON CINCO POR CIENTO (19,5%) del capital flotante,. es decir aproximadamente el SIETE CON OCHO POR CIENTO (7,8%) de las empresas cotizantes en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Sin embargo, dicha participación es de tan sólo el CINCO CON NUEVE POR CIENTO (5,9%) del valor de mercado de dichas acciones.
En el mismo sentido entre junio de 2000 y junio de 2007, previo al inicio de la crisis global, el saldo administrado por las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES y PENSIONES (AFJP) se multiplicó pasando de 18.714 millones de pesos a 95.871 millones de pesos, en tanto que para el mismo período la relación entre el saldo del fondo de jubilaciones y pensiones y el PBI aumentó 1,8 veces.
Sin embargo para el mismo periodo, la capitalización bursátil doméstica creció sólo 3,5 pasando de 5,979 millones de pesos a 179.771 millones de pesos, mientras que la capitalización bursátil doméstica sobre PBI aumentó sólo 1.3 veces,
Además, se esperaba que dicho sistema aumentara la cobertura de la población, es decir que se incrementara el número de jubilados, circunstancia que no se ha producido, no obstante cabe señalar que la cobertura medida, en términos porcentuales, bajó del SESENTA POR CIENTO (60%) al CUARENTA Y SIETE POR CIENTO (47%),
Asimismo, es de destacar que la evaluación de las comisiones cobradas por las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (AFJP) demostró que las mismas han sido incrementadas, teniendo en cuenta que se fijan sobre los salarios brutos, Esto motivó que por una decisión política de reducción de aportes para los afiliados a este régimen, llevada adelante en el año 2001, la comisión sobre el aporte ascendiera al SESENTA POR CIENTO (60%) de la suma aportada por cada trabajador, en promedio entre 2001 y 2003, Es decir, que durante dicho periodo el monto capitalizado fuera casi inexistente.
También se esperaba que este régimen estimulara a los ciudadanos de mayores ingresos a realizar aportes voluntarios al sistema, en tanto que, a la fecha, el total de aportes no obligatorios no supera el CERO CON TRES POR CIENTO (0,3%) del total de los ingresos que reciben las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES,
Conceptualmente el sistema de capitalización deja el futuro de los ingresos de nuestros trabajadores y jubilados a merced de los avatares del mercado financiero, es decir sujeto a operaciones de riesgo, tal como se hace más evidente ante la crisis financiera internacional.
La previsión social es una institución creada para otorgar certezas, por lo que la misma no puede tener como pilar central una actividad intrínsecamente riesgosa y que además ha demostrado que puede distanciarse fuertemente de la economía real por periodos prolongados cuando los productos financieros no tienen un correlato con la riqueza en términos de bienes y servicios.
Finalmente, en el año 2003 se advirtió que nos encontrábamos, frente a un sistema previsional con cobertura baja y en descenso, alta litigiosidad, haberes congelados, desigualdad en las condiciones del sistema de reparto y el de capitalización (opción negativa, diferencia de aportes, cálculo de la prestación adicional por permanencia) y gestión deficiente de los trámites previsionales.
Frente a dicha circunstancia, el Estado toma un rol activo en la reconstrucción del sistema previsional público en sus distintos parámetros.
Esto en el convencimiento del Gobierno Nacional de entender que la situación social se mejora tomando medidas técnicas que promuevan reformas sobre una base humana y moral que tenga en consideración al hombre; la familia y la sociedad como principales protagonistas a ser protegidos por el Estado como administrador de la Seguridad Social.
En ese, sentido, perfeccionar el sistema contribuye a mejorar la calidad institucional del país, entendiéndose que ningún modelo de crecimiento económico que descuide la Justicia Social puede ser efectivo en el largo plazo.
Con esta visión estratégica del rol central del Estado en la Seguridad Social se ha consolidado el sistema previsional, habiéndose mejorado toda la escala de haberes, ampliando la cobertura del sistema jubilatorio a más de un millón y medio de ciudadanos.
Para ello la Ley N° 26.222 permitió la libre opción entre regimenes y equiparó la prestación por permanencia. Asimismo se igualó la tasa de aporte entre ambos regimenes, se redujeron las comisiones de las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES al UNO POR CIENTO (1 %), instaurando, además, la mutualización del sistema de invalidez.
Se constituyó el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto, Finalmente, la movilidad de las prestaciones consagrada parla Ley N° 26.417 otorga a las mismas previsibilidad y consistencia al sistema.
En definitiva, actualmente tenemos un sistema previsional público robusto, con cobertura, con fortaleza financiera e institucional que incluso cubrió los desajustes en las prestaciones del régimen de capitalización, ya que la Ley N° 26.222 consagró la garantía del haber mínimo para todos los beneficiarios.
Es cierto, hoy, de los 445.000 beneficiarios del régimen de capitalización el Estado concurre en el pago de los mismos en el SETENTA y SIETE POR CIENTO (77%) de los casos y 179.000 jubilados de capitalización reciben complementos para que su haber no sea inferior a la mínima garantizada.
Además hay que resaltar que 33.000 casos tienen ya su cuenta de capitalización individual totalmente consumida, y por consiguiente es el Estado quien paga la totalidad de sus haberes.
El proyecto iniciado en el año 2003 ha llevado adelante en forma sistemática y consistente la reconstrucción del sistema público de reparto en el convencimiento técnico y político de que el sistema previsional requiere más certezas que Interrogantes y que el Estado debe tener un rol activo en la seguridad social, con la convicción de que es posible una buena administración de los recursos públicos y una gestión estatal eficiente y eficaz.
Es importante destacar que en países como ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, la REPUBLICA FRANCESA, el REINO DE ESPAÑA y CANADA, entre otros, rige un sistema previsional público, en tanto otros, como los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, la REPUBUCA DEL PERU y la REPUBLICA DE CHILE, han adoptado un régimen previsional mixto o privado, con dispares resultados frente a los últimos acontecimientos en materia financiera,
Frente a todo lo expuesto, se propone la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un único Régimen Previsional Público que se denominará Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) financiado a través de un sistema solidario de reparto, garantizando a los afiliados y beneficiarios del Régimen de Capitalización, idéntica cobertura y tratamiento que la brindada por el Régimen Previsional Público, eliminándose el actual Régimen de Capitalización, el que será absorbido y sustituido por el régimen de reparto.
Asimismo, se propone que el Estado Nacional garantice a los afiliados y beneficiarios del citado Régimen de Capitalización la percepción de iguales o mejores prestaciones y beneficios que los que gocen a la fecha de la entrada en vigencia del presente proyecto de ley.
Además, el proyecto de ley acompañado prevé que los servicios prestados bajo relación de dependencia o en calidad de trabajador autónomo correspondientes a los periodos en que el trabajador se encontraba afiliado al Régimen de Capitalización, se considerarán como SI hubiesen sido prestados al Régimen Previsional Público.
Por otra parte, se establece que los beneficios de la jubilación ordinaria, del retiro por invalidez y de la pensión por fallecimiento que, sean liquidados por las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones bajo las modalidades de Retiro Programado o Retiro Fraccionario, serán pagados por el Régimen Previsional Público. Asimismo, los beneficios que se liquiden bajo la modalidad de Renta Vitalicia Previsional, continuarán abonándose a través de la correspondiente Compañía de Seguros de Retiro.
En tanto, los afiliados al Régimen de Capitalización que hubieran ingresado importes en sus cuentas de capitalización individual bajo la figura de "Imposiciones Voluntarias" y/o "Depósitos Convenidos” y que aún no hubieran obtenido un beneficio previsional, podrán transferirlos a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL para mejorar su haber previsional conforme lo determine la reglamentación o a una Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, la que deberá reconvertirse, modificando su objeto social para tal finalidad.
Frente a lo expuesto, se propone transferir en especie a la ADMINISTRÁC10N NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL los recursos que Integran las cuentas de capitalización individual de los afiliados al Régimen de Capitalización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones los que pasarán a Integrar el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto.
Se dispone, también, que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL entidad actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL gozará de autonomía financiera y económica con los alcances que disponga la reglamentación bajo la supervisón la COMISIÓN BICAMERAL DE CONTROL DE LOS FONDOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL en el ámbito del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Los representantes del pueblo y de las provincias tomarán así; un rol activo en el seguimiento y el cuidado de los fondos de la seguridad social, en aplicación de una verdadera política de estado para su custodia, en tanto los fondos pertenecen a los aportantes y no al Estado Nacional.
Se prevé que, de resultar procedente el pago de una compensación, el Estado sólo entregará a los accionistas de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, titulas públicos emitidos o a emitirse por la REPUBLICA ARGENTINA; por hasta un valor máximo equivalente al capital social de las Administradoras liquidadas de acuerdo a las condiciones que establezca la reglamentación del presente proyecto de ley, estableciendo, además, que se preservará el empleo de los dependientes de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones,
Con respecto al personal médico, técnico, auxiliar y administrativo que se desempeñe ante las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central creadas por el articulo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias se establece que será transferido a la SUPERINTENDENC1A DE RIESGOS DEL TRABAJO; en la proporción y oportunidad que sea necesario para su funcionamiento, conforme lo determine el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Por último, entre otras disposiciones, se establece que la ADMINISTRACION NACIONAL DE lA SEGURIDAD SOCIAL, en un plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente proyecto de ley, deberá adoptar las medidas necesarias para hacer operativas sus disposiciones en lo relativo a la recepción de los aportes y el pago de los beneficios por jubilación ordinaria, retiro por invalidez y pensión por fallecimiento,
En consecuencia, este Gobierno Nacional cree que es necesaria la existencia de un solo régimen previsional, el que no puede edificarse sobre la base de una actividad intrínsecamente riesgosa como es el mercado de capitales con la consecuente especulación financiera, por lo que se eleva el presente proyecto a consideración de Vuestra Honorabilidad solicitando su pronta sanción.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ...
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
TITULO I
Sistema Integrado Previsional Argentino
Unificación
ARTICULO 1° - Dispónese la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un único Régimen Previsional Público que se denominará Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), financiado a través de un sistema solidario de reparto, garantizando a los afiliados y beneficiarios del Régimen de Capitalización vigente hasta la fecha, idéntica cobertura y tratamiento que la brindada por el Régimen Previsional Público, en cumplimiento del mandato previsto por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
En consecuencia, elimínase el actual régimen de capitalización, que será absorbido y sustituido por el régimen de reparto, en las condiciones de la presente ley.
ARTICULO 2° - El Estado Nacional garantiza a los afiliados y beneficiarios del Régimen de Capitalización la percepción de iguales o mejores prestaciones y beneficios que los que gozan a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley.
Afiliados y Beneficiarios
ARTICULO 3°- Los servicios prestados bajo relación de dependencia o en calidad de trabajador autónomo correspondientes a los periodos en que el trabajador se encontraba afiliado al Régimen de Capitalización, serán considerados a los efectos de la liquidación de los beneficios establecidos en el artículo 17 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias como si hubiesen sido prestados al Régimen Previsional Público.
Los trabajadores podrán solicitar que se consideren las remuneraciones percibidas mientras se encontraban afiliados al Régimen de Capitalización para la determinación de la Prestación Adicional por Permanencia correspondiente a dicho período, aún cuando no estuvieran comprendidas en los DIEZ (10) años anteriores al cese en los términos del inciso a) del articulo 24 de la ley Ley N° 24.241 y concordantes,
ARTICULO 4° - Los beneficios de jubilación ordinaria, retiro por invalidez y pensión por fallecimiento que, a la fecha de vigencia de la presente, sean liquidados por las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones bajo las modalidades de Retiro Programado o Retiro Fraccionario serán pagados por el Régimen Previsional Público. El importe de las prestaciones de los actuales beneficiarios de las prestaciones por invalidez, pensión y jubilación ordinaria del Régimen de Capitalización será valorizado conforme el valor cuota más alto vigente entre el 1 ° de enero de 2008 y el 30 de septiembre de 2008. Estas prestaciones en lo sucesivo tendrán la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias,
ARTICULO 5°.- Los beneficios del Régimen de Capitalización previstos en la Ley N° 24.241 Y sus modificatorias que a la fecha de vigencia de la presente, se liquiden bajo la modalidad de Renta Vitalicia Previsional, continuarán abonándose a través de la correspondiente Compañía de Seguros de Retiro.
ARTICULO 6°.- Los afiliados al Régimen de Capitalización que hubieran ingresado importes en sus cuentas de capitalización individual bajo la figura de “Imposiciones Voluntarias” y/o “Depósitos Convenidos” y que aún no hubieran obtenido un beneficio previsional, podrán transferirlos a la ADMINISTRACIQN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL para mejorar su haber previsional conforme lo determine la reglamentación o una Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, la que deberá reconvertirse, modificando su Objeto social para tal finalidad.
El PODER EJECUTIVO NACIONAL dictará las normas pertinentes a esos fines.
De los recursos del Sistema
ARTICULO 7° - Transfiérense en especie a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL los recursos que integran las cuentas de capitalización individual de los afiliados al Régimen de Capitalización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones previsto en la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, con las limitaciones que surjan de lo dispuesto por el artículo 6° de la presente ley. Dichos activos pasarán a integrar el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto creado por el Decreto N° 897/07.
ARTICULO 8° - La totalidad de los aportes correspondientes a los trabajadores autónomos financiará las prestaciones del Régimen Previsional Público, modificándose1 en tal sentido, el articulo 18, inciso c) de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias
De la supervisión de los recursos
ARTICULO 9° - La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL entidad actuante en la Órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL gozará de autonomía financiera y económica con los alcances que disponga la reglamentación, estando sujeta a la supervisión de la COMISIÓN BICAMERAL DE CONTROL DE LOS FONDOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL creada en el ámbito del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Dicha comisión estará Integrada por SEIS (6) Senadores y SEIS (6) Diputados, quienes serán elegidos por sus respectivos cuerpos, la que establecerá su estructura interna, teniendo como misión constituir y ejercer la coordinación entre el CONGRESO NACIONAL Y el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a los efectos del cumplimiento de la presente ley y sus resultados debiendo informara los respectivos cuerpos legislativos sobre todo el proceso que se lleve adelante conforme a las disposiciones de esta ley.
Para cumplir su cometido, la citada Comisión deberá ser informada permanentemente y/o a su requerimiento de toda circunstancia que se produzca en el desenvolvimiento de los temas relativos a la presente ley, remitiéndosele con la información la documentación correspondiente.
Podrá requerir información, formular las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinente y emitir dictamen en los asuntos a su cargo. A estos efectos la Comisión Bicameral queda facultada a dictarse su propio reglamento de funcionamiento.
Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones
ARTÍCULO 11 - A través de las áreas competentes se realizarán todos los actos necesarios tendientes a preservar el empleo de los dependientes de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.
ARTICULO 12 - El personal médico, técnico, auxiliar y administrativo que se desempeñe ante las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias será transferido a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, en la proporción y oportunidad que sea necesario para su funcionamiento, conforme lo determine el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL.
A los efectos relativos a la antigüedad en el empleo del personal que sea transferido, se considerará como tiempo de servicio el efectivamente trabajado desde el comienzo de la vinculación con el organismo cedente. Asimismo, deberán transferirse los bienes inmuebles, muebles y equipamiento técnico necesarios para el adecuado funcionamiento de las Comisiones Médicas.
Los gastos que demanden las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central serán financiados por la Administración Nacional de la Seguridad Social y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, en la forma y proporciones establecidas en la reglamentación.
Régimen General
El haber mensual de esta prestación se determinará computando el UNO y MEDIO POR CIENTO (1,5%) por cada año de servicios con aportes realizados al Régimen Previsional Público en igual forma y metodología que la establecida para la Prestación Compensatoria. Para acceder a. esta prestación los afiliados deberán acreditar los requisitos establecidos en los incisos a) y c) del articulo 23 de la citada Ley.
A los efectos de aspectos tales como movilidad, Prestación Anual Complementaria y otros inherentes a la Prestación Adicional por Permanencia, ésta es asimilable a las disposiciones que a tal efecto se establecen para la Prestación Compensatoria.
ARTICULO 14 - Deróganse el inciso e) del articulo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones y el articulo 113 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.
ARTICULO 15 - La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL se subroga en las obligaciones y derechos que la Ley N° 24.241 y sus modificatorias le hubiera asignado a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.
Disposiciones Transitorias
ARTICULO 16 - La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL deberá adoptar las medidas necesarias para hacer operativa la presente ley en lo relativo a la recepción de los- aportes y el pago de los beneficios por jubilación ordinaria, retiro por invalidez y pensión por fallecimiento en el plazo de SESENTA (60) días a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
ARTICULO 17 - Encomiéndase al PODER EJECUTIVO NACIONAL la elaboración del texto ordenado de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, debiendo adecuarse la misma a lo establecido por la presente ley. Asimismo, podrá disponer la supresión de aquellas disposiciones que a la fecha del ordenamiento, hayan perdido actualidad.
ARTICULO 18 - La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 19 - Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL
SRA. PRESlDENTA DE LA NACION SR. JEFE DE GABINETE DE MINISTROS SR. MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Cristina anuncia el fin de las AFJP
Muy buenas tardes a todos y a todas; señores gobernadores, señores legisladores; señores dirigentes sindicales; señor Secretario General de la CTA; señor Secretario General de la CGT: en principio pedir disculpas a todos ustedes por estar aquí muy apretados en esta carpa, pero fue una decisión de esta presidenta que este acto tuviera lugar aquí, en el ANSES, no es una casualidad, no es un capricho, es simplemente la decisión de también a través de lo simbólico saber que hoy estamos decidiendo sobre el patrimonio de los jubilados de nuestro país, y el patrimonio de los jubilados de nuestro país no tenía por qué estar en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno, tenía que estar aquí en el ANSES, en su natural lugar.
Creo que fue más que explícita y contundente la exposición de motivos formulada por el titular del ANSES, pero permítanme compartir con ustedes en esta tarde algunas reflexiones, la primera, la decisión que hemos tomado. He leído por allí algún comunicado, alguna declaración en cuanto a por qué así de repente esta decisión, es como si de repente un día, en un mundo donde todo está normal y maravilloso, y en un país en el cual tenemos una historia de mucha tranquilidad en todos los frentes, alguien se levanta intempestivamente y decide tomar una medida de esta naturaleza, creo que es obvio el contexto internacional y nacional en el que se adopta una decisión, que sin lugar a dudas, es de carácter estructural, tan estructural como la que se tomó en 1.994, claro que en otro marco nacional y mundial, el neoliberalismo, el repliegue del Estado era total y absoluto. Hoy en el mundo una vez más, cuando vemos que aparecen las pérdidas es cuando vuelve a aparecer nuevamente la figura del Estado para hacerse cargo de todo, como siempre además ha sucedido en la historia de la economía de la humanidad, por lo menos en los últimos dos siglos, y como también ha sucedido aquí en la Argentina, mucho más reciente en el año 2001, cuando el Estado finalmente tuvo que hacerse cargo absolutamente de todo el desmanejo de políticas en las cuales se presuponía que el mercado y la teoría del derrame llegarían a todos.
Estamos entonces adoptando esta decisión en un contexto internacional donde los principales estados integrantes del G8 y del no G8 también, están adoptando una política de protección hacia bancos, como bien señalaba recién Boudou, en este caso nosotros hacia nuestros jubilados y nuestros trabajadores, pero lo cierto es que aquel discurso, aquel relato que inundó comunicacionalmente nuestras vidas y las de todo el mundo, se ha desmoronado estrepitosamente, y una vez más el Estado, las naciones, las que siempre permanecen, desaparecen bancos, desaparecen empresas, pero ahí están los estados para hacerse cargo finalmente de políticas que, como recién Boudou hablaba, pueden ser calificadas con buena fe de erróneas, pero que yo me atrevo a calificarlas sin lugar a dudas de políticas de saqueo.
Estamos sinceramente creo ante un final de época a nivel mundial y creo que esto que hoy estamos haciendo aquí es una decisión estratégica en este marco internacional, pero también en esta situación nacional que tenemos, no ya desde ahora sino desde 1.994, y que ha venido profundizando tal cual lo ha marcado el señor titular del ANSES en cuanto al régimen de capitalización. Yo le agrego algunas otras perlas de las cual él se olvidó, tal vez porque como tenía que hablar la Presidenta quiso ser más breve, pero seguramente cuando vaya a hablar con los diputados y senadores podrá explayarse. podríamos hablar por ejemplo de sistemas tan sofisticados en este mercado de la capitalización que permitía que algunos no pagaran Impuesto a las Ganancias, aquellos que mayor capacidad de ahorro porque mayores ingresos tenían no pagaran por ejemplo a la AFIP el Impuesto a las Ganancias y lo capitalizaran en una renta vitalicia aparte de la obligatoria del Sistema de Capitalización y de esta manera hacer un doble despojo, porque también se le sacaban fondos a la AFIP, que en definitiva es al Estado, permitiendo un mecanismo de elusión, ustedes saben la diferencia entre la evasión y la elusión, la evasión es aquella que se hace violando la ley, la elusión es aquella donde la ley se crea para hacer la evasión, esta es la gran diferencia, la explican los abogados diferente, pero el resultado es este.
También escucho decir que el Gobierno quiere hacerse de una caja, yo quiero tener algunas precisiones respecto de esto: este Gobierno cuando decide tomar intervención en Aerolíneas Argentinas no lo hace precisamente pensando en la caja, lo hace pensando en nuestra línea de bandera, y en lograr la conectividad de todo nuestro país a lo largo y a lo ancho. Nunca hemos especulado a la hora de tomar decisiones más allá de cuidar, como bien lo señalaba Amado Boudou el superávit fiscal, el tema de la caja; cuando tomamos la decisión por incumplimiento de contrato de hacernos cargo de la vieja Obras Sanitarias, Aguas Argentinas, que es la que provee agua y desagües cloacales a toda la Capital Federal y a toda la región metropolitana del conurbano, no pensamos en hacernos de caja, al contrario, pensamos en los sectores más vulnerables de la sociedad que son los que necesitaban esos servicios; cuando decidimos incorporar en la jubilación inclusiva a más de un millón y medio de argentinos y argentinas que habían quedado afuera de la protección previsional, porque recordemos que un millón y medio de argentinos no tenían protección jubilatoria y eso se debía esencialmente a dos cuestiones de carácter estructural: primero, a la desocupación, que fue el mecanismo de ajuste de la convertibilidad, la desocupación era fenómeno estructural a esa política económica y, la segunda, precisamente, fue la capitalización, porque quien no tiene trabajo no es atendido por ninguna AFJP, pero sí es atendido muchas veces por distintos organismos del Estado cuando va a pedir socorro o auxilio.
En ese momento tampoco pensamos en la caja, como tampoco lo hicimos cuando luego de años de congelamiento o descuento, aumentamos trece veces los haberes de los jubilados y los pensionados.
Sí pensamos en la Constitución, en esa Constitución que dice que es el Estado el que debe garantizar las jubilaciones y las pensiones de los argentinos.
Pero yo les propongo otra hipótesis. Supongamos que esta Presidenta o supongamos que ese administrador piensan en la caja, ¿en qué caja pensamos? En la de la ANSES. Yo les pregunto a los que quieren seguir con el sistema de la AFJP: ¿a qué caja defienden o a qué caja quieren representar?
Yo quiero -y porque estoy muy interesada en que podamos debatir este cambio estructural que le estamos proponiendo a los argentinos y que sé que muchos dirigentes y militantes de otros partidos que no son el mío, han sostenido durante largo tiempo y pueden verse cientos de proyectos en el Parlamento argentino, precisamente pidiendo que se tome esta medida que hoy tomamos- que cuando debatamos este problema yo sé -y aquí permítanme apartarme un poco de mi rol de Presidenta y acordarme de mis tiempos de legisladora, acá hay muchos de ellos- que van a haber muchas presiones, de toda índole y naturaleza, porque son pocos los intereses pero grandes los dividendos.
Creo, sinceramente, que los partidos populares y democráticos, aquellos que creemos en el Estado, aquellos que hemos dado muestras concretas de creer en el rol que debe cumplir insustituible e irremplazable el Estado, vamos a acordar que realmente estamos ante un verdadero cambio estructural estratégico de defensa de nuestros jubilados y de nuestros pensionados. Y por eso también, para aquellos que no piensan estas cosas del Estado, que todavía siguen aferrados al modelo neoliberal, creo que cuando las medidas estatistas las toma Estados Unidos, Francia o Alemania, son medidas simpáticas, inteligentes, pero que cuando las medidas en defensa del Estado se toman aquí, en casa, concretamente, otra vez aparecen los estatistas, otra vez aparecen los nostálgicos.
Yo les pido a todos, a los partidos populares y democráticos que han tenido un discurso sobre esto, una práctica y plataformas, y a los otros, a los que piensan diferente, a los que critican acá lo que defienden en Estados Unidos o en cualquier otro país del primer mundo, que por única vez dejemos pensar cada uno en nuestro posicionamiento y pensemos en serio en el futuro de la República Argentina, porque esta decisión y esta elección que hoy estamos tomando trasciende a un gobierno, trasciende a un partido político, porque bueno es reconocer que otros partidos siempre pidieron que hiciéramos esto, y trasciende, esencialmente, a nuestra generación, a la generación de los que hoy nos toca estar sentados en la silla de un presidente, de una presidenta, de un gobernador, de una banca. Esto tiene que ver con el futuro, esto tiene que ver con las próximas generaciones, esto tiene que ver con un mundo que ha cambiado definitivamente y exige también para nosotros, que repensemos qué país y qué modelo le planteamos a las futuras generaciones, no solamente un modelo económico. Porque el modelo económico y social que desde 2003 venimos llevando adelante, ha demostrado, pese a todos los agoreros, que realmente estaba en un sentido justo: mercado interno, sesgo exportador, diversificación, trabajo para los argentinos, buen salario, aumento de los trabajadores en la participación del Producto Bruto Interno.
Lo que ahora tenemos que acordar entre los argentinos es que este modelo se institucionalice políticamente para que no pueda volver a ser cambiado cuando, tal vez, alguna otra teoría, como la del Consenso de Washington dentro de unos años, encuentre comunicadores que le digan al país que todo lo público es horrible y que el Estado no sirve para nada.
Me acuerdo de cosas más recientes en la economía, porque saben qué, la globalización tiene una inmensa ventaja: antes uno para darse cuenta de los errores tardaba décadas o tal vez un siglo; la velocidad de las comunicaciones, la vertiginosidad de los cambios, producto de la misma globalización, es de tal magnitud que podemos comparar lo que ayer nomás parecía muy bueno y que finalmente se vio que no era tanto y que el Gobierno no estaba tan equivocado en algunas cosas que proponía, nada más hace unos meses atrás.
Quiero con esto convocarlos a todos a la necesidad de que cuando abordemos los problemas de los argentinos, ya sea económicos o sociales en este mundo tan difícil que hoy nos toca vivir, lo hagamos sin prejuicios, tratando de despojarnos en la medida que podamos, porque siempre hay intereses, si no hay intereses económicos habrá intereses políticos y partidarios, pero tengamos en cuenta que si nos equivocamos, no van a pasar veinte años para que alguien venga a pedirnos cuenta de las cosas, nos van a pedir cuenta de las cosas que hicimos, que votamos o que no votamos mucho más cerca de lo que todos imaginan como hemos podido ver.
Quiero decirles con esto, amigos y amigas, que estamos ante una decisión estructural del Sistema Previsional Argentino, pero también y, esencialmente, del sistema de cohesión social como el Estado en definitiva garantiza que lo va a hacer, porque cada vez, como decía antes, que hubo crisis, finalmente el Estado apareció: apareció garantizando la deuda privada en 1982 estatizándola, volvió a hacerlo en el año 2001, siempre aparece el Estado, pero el Estado aparece cuando las cajas que viene a garantizar ya han sido vaciadas, saqueadas y no hay nada.
Por eso, es muy importante esta decisión estratégica en defensa de nuestros jubilados, de nuestros pensionados, en definitiva, de nuestro futuro y lo hacemos con la convicción, pero con la profunda tranquilidad, de ser absolutamente coherentes en todas y cada una de las decisiones y cada una de las medidas que hemos tomado.
Creo que también, aunque muchas veces no sea un valor demasiado apreciado el de la coherencia, que sigue siendo sí un importante valor político que deber ser merituado por la sociedad y por todos nosotros.
Quiero agradecer la presencia de todos ustedes y decirles una vez más de nuestro compromiso con todos ustedes, con el país, con sus intereses, con sus trabajadores, con sus empresarios, con sus estudiantes, con sus jubilados, con sus pensionados; nadie vive una vida diciendo y proclamando lo que siempre ha pensado, lo que siempre ha hecho, aún muchas veces a costa de enfrentamientos que en el pasado me tocó tener, sin precisamente tener esa coherencia y ofrecerla como testimonio a todos los argentinos de nuestro compromiso con este país y con todos ustedes.
Quiero agradecerles y pedirles disculpas una vez más por lo apretaditos que estamos hoy aquí, pero quería hacerlo aquí, en serio, en donde realmente están los dueños de esos aportes, en la ANSES.
Muchas gracias y muy buenas tardes.
De la escuela de Sobisch
Así transcurre el gobierno de Macri, entre la incapacidad de gestión y la mentira.
Acuerdo lechero
Sin embargo, la Mesa de Enlace rechaza esta propuesta porque reclama un precio mayor, con el simple objeto no de garantizar la sustentabilidad de la industria y un precio adecuado para los consumidores, sino para que el estado intervenga garantizando una rentabilidad imposible.
Hoy, en el colmo de la hipocresía, Buzzi convoca a una reunión urgente con la CGT y la CTA, para que le cuiden el negocio de las cartas de porte que alimenta la caja de la Federación Agraria y el mercado negro, despues de festejar el desabastecimiento y violar los derechos de los trabajadores durante los meses del lockout.