Escrito presentado por Cristina el 3 de septiembre

MANIFIESTA 
 Señor Juez: 

 Cristina Fernández de Kirchner, DNI 10.433.615, por mi propio derecho, en la causa Nº 9608/2018, caratulada “Fernández, Cristina Elisabet y otros s/ asociación ilícita”, del registro del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11, Secretaría Nº 21, manteniendo el domicilio constituido en Av. Santa Fe 1752, 2° “A” de esta ciudad, digo: 

 1. El 13 de agosto de este año, es decir, hace tan solo tres semanas, en momentos en que el dólar aún cotizaba por debajo de los veintisiete pesos, presté declaración indagatoria en el marco de la causa denominada “de los cuadernos”, que con mayor exactitud debería llamarse “de las fotocopias”.Cabe recordar que en los últimos dos años y medio, esa fue la sexta oportunidad en la cual fui convocada para comparecer siempre ante este mismo Juzgado (tres en el marco de la causa del “Dólar Futuro”, una por la causa “Los Sauces”, una por la causa del “Memorándum con Irán” y otra en este sumario). 

2. Dado que los expedientes que me arma Bonadío carecen de todo contenido jurídico, junto con mi defensa dejamos debida constancia de las gravísimas irregularidades que registra este proceso, a saber: 
a. La investigación se originó a través de una prueba obtenida de manera ilícita, ya que los famosos cuadernos, que en rigor de verdad no son cuadernos sino simples fotocopias, fueron aportados en contra de la voluntad de quien ahora es reputado como su autor. 
b. Para apropiarse del expediente, Bonadío y Stornelli llevaron a cabo una escandalosa maniobra de fórum shopping. Concretamente, evitaron que la causa fuera sorteada fabricando lo que técnicamente se denomina una relación de conexidad, por cierto inexistente. 
c. Al amparo de la ley del arrepentido se desarrolló un procedimiento que resulta inédito y de características escandalosas para cualquier persona, con o sin conocimientos jurídicos: quienes confiesan supuestos delitos que habrían cometido se van a su casa y quienes defienden su inocencia quedan presos. Dentro del capítulo de los “liberados”, aparentemente merecen un premio mayor quienes de cualquier manera puedan atribuirme algo que se parezca a un delito. En definitiva ni siquiera en tiempos de la inquisición se atrevieron a tanto. 
d. Se vulneró de manera descarada la regla constitucional que prohíbe perseguir a una persona dos veces por el mismo hecho (ne bis in ídem). En mi caso, tal violación se ve multiplicada pues soy perseguida simultáneamente en cuatro causas por la misma supuesta asociación ilícita en la cual, naturalmente, siempre se me asigna el carácter de jefa. 
e. Soy juzgada por un juez enemigo o por un no juez, según los términos que surgen de la garantía prevista en el art. 18 de la Constitución Nacional. 
f. Interviene en la causa un fiscal que carece de toda objetividad -condición que exige la Ley Orgánica del Ministerio Público-, quien según sus propios dichos se atribuye la facultad de repartir “sortijas” protectoras para no resultar detenido. Para peor, la diferenciación entre hijos y entenados no se corresponde con ningún criterio jurídico, sino antes bien por la vinculación que el favorecido exhiba con el gobierno de turno, el poder económico que detente o bien con el beneplácito que en su favor expresen los medios masivos de comunicación. 

3. Ahora bien, en medio de las peores noticias económicas y cuando el dólar se aproximó a los cuarenta pesos, fue necesario que se me citara por séptima vez a este Juzgado. Ello, bajo el pretexto de ampliar mi declaración indagatoria. Según se desprende de la resolución dictada, el motivo aparente sería que Bonadío “descubrió” que la supuesta asociación ilícita habría iniciado sus actividades no en el año 2008 sino en el año 2003. De tal manera el nombrado contradijo el informe que él mismo elaborara apenas unos días atrás y que fuera ampliamente difundido a través del Centro de Información Judicial (CIJ). A esta altura no es ocioso señalar que el referido medio publicitario es dirigido por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, quien brindó a Bonadío directas señales de apoyo no solo a través de fotografías conjuntas, sino incluso autorizando el mismo día en que fui citada a prestar declaración indagatoria (29/08/2018) la cantidad de doscientas horas extras mensuales hasta el 31 de diciembre del corriente año para que se cuenten con los elementos humanos necesarios que permitan llevar esta cruzada en mi contra. 

4. Sentado ello y como los episodios ilícitos que se vienen desarrollando en esta causa no cesan, a través de este escrito y en este acto he de dejar de todo esto debida constancia. Ello, cuanto menos para que su análisis pueda llevarse a cabo cuando se restablezca en Argentina el Estado de Derecho. 

a. En primer lugar, reitero mi negativa de manera categórica y terminante, de haber formado parte de algún tipo de asociación ilícita, así como también de haber cometido delito alguno. La investigación dirigida deliberadamente en mi contra, a pesar de haber arrasado todas y cada una de las garantías que hacen al debido proceso legal, no ha conseguido ni siquiera una mínima prueba que acredite los delitos que calumniosamente se me atribuyen. 
b. En segundo lugar, no obstante todos los abusos judiciales de que vengo siendo objeto, me mantuve y me mantendré en todo momento a disposición de la justicia. Como muestra de ello, pese a que se trataba de otro abuso de Bonadío, en mi carácter de Senadora Nacional voté la autorización para que se llevaran a cabo los allanamientos de los inmuebles de la ciudad de Buenos Aires, Río Gallegos y El Calafate, individualizados en este proceso. En este mismo sentido, el bloque de Senadores que integro, sin dejar de enfatizar que tales procedimientos resultaban arbitrarios, desproporcionados e inconducentes hizo expresa mención sobre la necesidad de que las diligencias judiciales se llevaran a cabo de conformidad con las normas constitucionales y legales, respetando también el derecho a la intimidad. Así y con el acuerdo de los restantes bloques del Senado, ello quedó debidamente consignado en la resolución dictada el día 22 de agosto del corriente año (ver apartado 2º). A pesar de tales recomendaciones, ninguno de los allanamientos fue realizado conforme a derecho. 
Veamos. En el caso de la diligencia practicada en esta ciudad, de manera ilegal e inexplicable se privó a mi defensor participar en el operativo. Ello derivó en que no se tuviera oportunidad alguna de controlar el desarrollo de la diligencia, tal como expresamente lo prevé la legislación vigente y lo había recomendado el Senado de la Nación. En el caso del allanamiento practicado en El Calafate, éste se extendió en el tiempo de manera ilegítima y deliberada, con el inequívoco propósito de seguir generando estrépito y material para las tapas delos diarios de ese fin de semana. Además se filtraron a la prensa, como es de costumbre, datos absolutamente falsos: en ninguno de los domicilios hay bóvedas ni documentos ni objetos de procedencia ilícita. Finalmente, como todos los allanamientos arrojaron resultado negativo, se optó por el secuestro de objetos que no guardan relación alguna con este proceso yni siquiera se salvaron los atributos presidenciales del Dr. Néstor Carlos Kirchner y de la suscripta. Por todos los daños irrogados, en su oportunidad habré de accionar legalmente en vuestra contra y de quienes resulten coautores, cómplices y encubridores de la maniobra. 
c. En tercer lugar, del mismo proveído a través del cual se dispone mi citación a prestar declaración indagatoria surge que la maniobra de fórum shopping con que Bonadío y Stornelli se apoderaron de esta causa ahora resultó triplicada. En efecto, por lo visto, se han formado tres nuevos expedientes (causas Nº 13.816/2018, 13.820/2018 y 13.821/2018), los cuales en lugar de ser enviados a sorteo han sido retenidos bajo la misma falsa excusa que se invocara en la oportunidad anterior: que, oh casualidad, ellos resultan conexos a otros tres procesos que ya tramitaban ante este mismo Juzgado. d. En cuarto lugar, la resolución a la que antes me refiriera también pone en evidencia, una vez más, el carácter de persecución política que reviste este proceso. En efecto, sin disimulo alguno, se habla aquí de una extensión temporal del objeto procesal de la causa y no se convoca a prestar declaración indagatoria a los dueños de las empresas más importantes del país que supuestamente habrían participado en los episodios que se dice estar investigando y que habrían acaecido en aquel período. Por si no se lo recuerda, hasta el año 2006 el Ing. Mauricio Macri se encontraba al frente del grupo empresario familiar, el cual según los dichos de algún “arrepentido” también habría formado parte de la cartelización de la obra pública. Por el contrario, en lugar de ello, la imputación se dirige ahora contra dirigentes de una agrupación política que nada tienen que ver con las cuestiones que aquí se investigan y que resultan un blanco predilecto para los medios de comunicación concentrados afines a este gobierno. 
 En suma, como lo señalé precedentemente, estamos en presencia de una supuesta investigación que carece de todo contenido jurídico, que se desarrolla con fines que nada tienen que ver con un servicio de administración de justicia y que, de manera torpe, busca distraer la atención de la opinión pública frente a una debacle política, económica y social que ya nadie puede ocultar. 

Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad, 

SERÁ JUSTICIA.

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