Sin embargo, debemos responder con el abc de la democracia y la constitución: El poder legislativo es un órgano político colectivo y deliberativo, de tipo bicameral, lo que no significa que cada Cámara se atribuye distintos tipos de representaciones: Los Diputados, el pueblo y los Senadores, las provincias.
Este tipo de representación no existe en nuestro orden constitucional. Para que esto fuera así los diputados deberían ser electos por distrito único y no por “el pueblo de las provincias y de
Pero volviendo a otro tema actual y más importante, el voto de hoy en Senado sobre las retenciones. El lunes pasado, las comisiones del Senado aprobaron un dictamen de mayoría y cuatro de minoría que forman parte de la orden del día que se está tratando:
¿Que pasa si se aprueba el dictamen de mayoria ?
El proyecto se sanciona y es ley.
¿Que pasa si se rechazan todos los dictámenes del orden del día ?
El asunto no puede volver a tratarse en las sesiones de este año.
¿Que pasa si se aprueba el dictamen de mayoría o se aprueba con modificaciones o se rechaza y se aprueba algún dictamen de minoría con o sin modificaciones?
Vuelve a la cámara de diputados.
(I) Aceptar las modificaciones por mayoría absoluta y se sanciona el texto aprobado en el Senado,
(III) Si no logra la mayoría absoluta, se sanciona el proyecto tal como salió de Senado con las modificaciones.
Ahora bien, una aclaración importante se entiende como Mayoría absoluta, el voto de más de la mitad de los miembros presentes, observando el requisito de quórum.
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