Se trata de un Código basado en un paradigma no discriminatorio, que concibe al hombre en términos igualitarios, sin distinciones basadas en el sexo, la religión, el origen o su riqueza; es un código con identidad cultural latinoamericana, destinado a integrar el bloque cultural latinoamericano; Es un código de los derechos individuales pero también de los colectivos, al regular los derechos de incidencia colectiva, en consonancia con la CONSTITUCION NACIONAL. Se trata de un código para una sociedad multicultural, que brinda un marco regulatorio a una serie de conductas sociales que no pueden ignorarse. Es finalmente un código que aspira a brindar seguridad jurídica en las transacciones comerciales.
Procuramos de esta forma que la constitucionalización de Ias relaciones comerciales y civiles, lleve impreso el sesgo de Iibertad e igualdad -principios éstos que prevalecen en nuestra Constitución y que plasmaran los constituyentes de 1853, de 1949 y de 1994- asegurando asi, la libertad y la dignidad de las personas para elegir su forma de vida en el marco de las leyes que rigen nuestro pais.
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