Metiendo miedo: los controles de la AFIP al turismo en el exterior

Siguiendo con la campaña desinformativa, La Nación y Clarín dicen hoy que “las agencias deberán presentar una declaración jurada por cada argentino que viaje al exterior”

Se trata de la Resolución General 3395 de la AFIP que modificó la 3276 de febrero de este año, incorporando a los servicios turísticos dentro de las actividades obligadas a brindar información sobre las prestaciones de servicios efectuadas por sujetos del exterior a prestatarios residentes en el país y por prestadores residentes en el país a prestatarios del exterior. Dentro de las actividades obligadas, además del turismo se encuentran: Patentes y marcas, derechos de autor, regalías, servicios empresariales y personales etc. Y que en el caso de los servicios prestados a residentes en el país por sujetos del exterior, la obligación está vigente cuando el monto de la retribución resulte igual o superior a CIEN MIL DOLARES.

Por lo cual, esto significa que las agencias de turismo deberán informar sobre los contratos con prestadores del exterior sobre paquetes y servicios turísticos y no presentar una declaración “por cada argentino” El objeto de esta medida es para que las agencias justifiquen la necesidad de comprar dólares en el mercado único y libre de cambios sobre fundamentos empíricos y controlar la posible derivación de las divisas obtenidas en el mercado oficial hacia el mercado ilegal.

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