Se aprobó en Diputados la recuperación de la seguridad social.

Despues de largas horas de debate, se sancionó en la madrugada de hoy el proyecto de ley que elimina el sistema de jubilación privada administrado por el mercado financiero y la creación del Sistema Integrado administrado por el estado y el pueblo.
Sobre los 238 diputados presentes en la sesión, 162 votaron por la afirmativa y 75 en contra.

Votaron a favor:
Frente para la Victoria – PJ; Movimiento Popular Neuquino; Partido Socialista; Encuentro Popular y Social; Solidaridad e Igualdad (SI) - ARI (Tierra del Fuego); Diálogo por Buenos Aires; Proyecto Sur; Concertación Entrerriana; Frente de Todos –Corrientes; Frente Cívico por Santiago; Dignidad Peronista-Misiones.

Votaron en contra:

Ex integrantes del Frente para la Victoria (ARRIAGA, Julio Esteban,HALAK, Beatriz Susana, ROSSI, Cipriana,THOMAS, Enrique, SOLA, Felipe)
Coalición Cívica - ARI - GEN – UPT; Frente Justicia Unión y Libertad (Rodriguez Saa y menemistas); Demócrata de Mendoza; Justicialista Nacional, Guardia Peronista y Unión Celeste y Blanco (duhaldistas residuales); Justicialismo Republicano; Memoria y Democracia (Morandini); Partido Liberal de Corrientes; Propuesta Republicana, Bloque por la Verdad –Catamarca; Recrear y el Frente Producción y Trabajo-San Juan.

Votaron divididos:
Consenso Federal, De la Concertación,Partido Nuevo-Córdoba, Frente Cívico y Social de Catamarca y Renovador de Salta

Durante el tratamiento en particular se hicieron modificaciones formales y técnicas al dictamen de Comisión de la mayoría, excepto el art. 14 que fue modificado totalmente garantizando la conservación del empleo de los trabajadores de las AFJP.
La nueva redacción del artículo 14 es la siguiente:
“ARTICULO 14.- A través de las áreas competentes, y en los supuestos de extinción de la relación laboral por despido directo dispuesto por la administradora de fondos de jubilaciones y pensiones, se realizarán todos los actos necesarios para garantizar el empleo de los dependientes no jerárquicos de las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones que opten por incorporarse al estado nacional en cualquiera de sus dependencias que éste fije para tal fin, con reconocimiento de la antigüedad a los efectos del goce de las licencias legales o convencionales.
La incorporación al Estado se efectuará en los términos del artículo 230 de la Ley de Contrato de Trabajo.”

1 comentario:

  1. A mi re interesan estos post, asi se peude seguir la trayectoria y la labor d elos representantres.
    Gracias por la info

    gal

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