La Corte le dio al grupo Clarin lo que necesita: Tiempo

Finalmente la Corte Suprema rechazó avocarse a la cuestión de fondo y dio lugar parcialmente al recurso extraordinario, en una maniobra extraña que claramente beneficia al grupo Clarin. 
Hace un par de semanas la Cámara Civil y Comercial había prorrogado la medida cautelar y sin que nadie se lo pida se pronunció declarando que estaba vigente para Clarin el plazo de un año para la adecuación a la ley en el caso que se declare la constitucionalidad del art. 161. 
 La Corte admite el recurso extraordinario y contra el fallo de la Cámara, reitera que el plazo de adecuación está agotado, cuestión que no era la materia principal del recurso pero que la Corte aprovecha para abrir otra vía recurrible para suspender la aplicación de la ley y prolongar el proceso. 
Pero por otra parte, y esto es lo fundamental, confirma la extensión de la cautelar, relativizando su propio fallo que le había puesto un límite porque “el hecho de que se hubiera disipado el riesgo de una excesiva prolongación del proceso resulta un dato relevante para que la solución adoptada por la cámara aparezca como una razonable interpretación de lo decidido en la sentencia citada de este Tribunal” 
Para la Corte, el riesgo de excesiva prolongación del proceso, se ve subsanado con la intervención de una Cámara con jueces elegidos por papelitos y de manifiesta parcialidad que colaboraron en todo momento para que la ley sancionada por el Congreso lleve tres años y tres meses sin aplicarse. 

En resumen, penal-gol, reclamo gol y la Corte cobra penal. 

Además la Corte rechazó con escasos fundamentos el per saltum pedido por el estado para que resuelva la cuestión de fondo. Sin embargo hubiera sido deseable una fundamentación consistente porque al no reparar en el fallo de primera instancia que declaro la constitucionalidad y extender la cautelar, envia un mensaje contradictorio. 
Porque entre la extensión de la cautelar y el rechazo del per saltum, parece decir que no importa el resultado de un fallo de tribunales inferiores, la cautelar se extiende hasta que la propia Corte dicte sentencia, estableciendo entonces la fusiòn de la cuestiòn de fondo con el vencimiento de la cautelar, algo que habia rechazado en sentencias anteriores. 

En tèrminos pràcticos la Corte dice: en los casos en que se cuestiona la constitucionalidad de una ley sancionada por el Congreso, la misma no se aplica hasta que la corte dicte sentencia firme, aùn cuando no se haya determinado que exista afectación patrimonial ni violación de garantìas constitucionales. ¿Esto no implica gravedad institucional suficiente para el salto de instancia ? Para la Corte no, una ley puede esperar años despuès de su promulgaciòn hasta que los supremos decidan sobre su aplicación. 

Después hablan de seguridad jurídica y división de poderes.

Ahora, resta esperar el fallo de la Cámara, otro recurso extraordinario, otra vez la Corte y seguimos en la rosca judicial.

Penoso encuentro en el Senado de la Nación

En las últimas horas, en una aceitada y ajustada cronologìa, se produjeron hechos que parecen guionados por el grupo Clarin en defensa de sus intereses corporativos: La constituciòn de la Càmara en tiempo record y el rechazo de las recusaciones a sus miembros por parte del estado, la visita de la SIP, el comunicado de la corporaciòn judicial y horas después, la extensión de la medida cautelar a favor de Clarin. 

Y como frutilla del postre, el encuentro en el Senado con la SIP, organizado por las senadoras María Eugenia Estenssoro, Norma Morandini y Laura Montero que contó con la presencia de los periodistas Jorge Lanata, Magdalena Ruiz Guiñazú, Alfredo Leuco, Pepe Eliaschev Carlos Ares, Nelson Castro y Gustavo González entre otros. En primera fila se ubicaron los diputados nacionales Francisco de Narváez (Unión Celeste y Blanco); Laura Alonso (PRO); Gerardo Millman (FAP); Juan Pedro Tunesi (UCR); la senadora, Liliana Negre de Alonso (Peronismo Federal) y el jefe de la bancada radical en la Cámara alta, Luis Naidenoff. 
Todos atentos a las palabras del presidente de la Comisión de Libertad de Expresión de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), organización de las patronales de medios que desde su fundación avaló golpes de estado y atacò gobiernos populares y democráticos. 

Durante la reunión, los presentes se deleitaron con los logros en la defensa del grupo Clarin y festejaron a la “justicia independiente” que impide la aplicación de una ley de la democracia. Como muestra del tono de las expresiones, alcanzan las palabras de una de las organizadoras, la senadora Estenssoro, quien reivindicó tibiamente a Videla lamentando que “En ese momento, a diferencia de lo que ocurre hoy, el Gobierno militar de Videla, figura deleznable, recibió a la delegación de la SIP. En este momento, el Gobierno nacional no ha recibido a la delegación que representa a miles de organizaciones de periodistas de todo el continente” Afirmando finalmente que “hoy estamos asistiendo al momento más crítico de la libertad de expresión en la Argentina”.

Más de lo mismo

La Cámara en lo Civil y Comercial extendió la medida cautelar que excluye al grupo Clarin de las regulaciones de la Ley de medios y le otorgó arbitrariamente el plazo de un año para la adecuación a la ley en el caso que se declare la constitucionalidad del art. 161. 

De esta manera la Cámara falló contra lo dispuesto por la Corte el 27 de noviembre, pero fue rápida y efectiva para constituir el tribunal, rechazar las recusaciones del estado contra sus integrantes y fallar de acuerdo a los intereses del grupo un día antes del 7 de diciembre, último plazo dispuesto por la Corte para la cautelar. 
Más temprano, la corporación judicial había sacado un comunicado que avecinaba lo que sucedería horas antes cerrando filas alrededor de la Cámara. 
Hoy el estado presentó un recurso ante la Corte para que se revoque esa medida, que implica, de ser admitido el recurso, no sólo la confirmación del vencimiento del plazo sino ademàs la caída de la cautelar otorgada oportunamente por la primera instancia. Dificil anticipar la resolución de la Corte. Pero de acuerdo a los antecedentes queda claro que se trata del juego del policìa bueno y el policìa malo, pero policías al fin, dedicados a darle al grupo lo que hoy necesita, tiempo y un menù de recursos e instancias judiciales eternas. Por mencionar el caso, el esperado fallo definitivo, promete ser “salomònico” ley constitucional pero con plazo de un año, obviamente recurrible. 

Lo grave del fallo de la Càmara es que deja en claro el compromiso de los jueces con el orden corporativo. Jueces que no son elegidos por el pueblo, vitalicios, con jubilaciones de privilegio, exenciones impositivas y con derecho a recibir favores y prebendas bajo la cobertura de “actividades acadèmicas” 
La voluntad popular no puede quedar entrampada en la lógica de las corporaciones, aunque habrá que recorrer ese camino, sencillamente porque es irracional quitarle al estado la capacidad para regular un servicio publico y restringir las actividades monopólicas. 
Pero también, frente a estos problemas novedosos para la democracia, se deberán buscar soluciones legislativas que permitan lograr los objetivos de la ley de medios. Entre ellas, por ejemplo, incorporar el art. 25 del proyecto original de la ley de medios rechazado por la oposición, y asi modificar las condiciones de competencia.

La apretada de la Corte y la constitucionalidad de la ley de medios

La Corte Suprema de Justicia rechazó la pretensión de Clarín de extender la medida cautelar que vence el 7 de diciembre y reiterò la necesidad de dictar una sentencia de fondo sobre la constitucionalidad del art. 161 de la ley de medios. 

El fallo esta íntegramente orientado a lograr el dictado de una sentencia lo más pronto posible, y aunque no lo dice expresamente, si es antes del 7 de diciembre, mejor. Para eso, se requiere al Juez de primera instancia el inmediato dictado de la sentencia definitiva. La Corte usa tèrminos como: “urgente”, “inmediato”, y habilita días y horas exclusivamente para el dictado de la sentencia, citando además personalmente al Juez de primera instancia y a la Cámara para la notificación de la apretada. 

Uno de los pedidos expresos de la Corte fue rápidamente atendido. Esta misma tarde la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal designó a dos de sus vocales para integrar la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal y resolver las excusaciones y recusaciones en un incidente iniciado por el Grupo Clarín en la causa. 

Si bien el Juez de primera instancia que debe resolver no está obligado a obedecer los tiempos de la Corte, sin duda tiene poco margen para seguir postergando la sentencia frente a la apretada formal de la Corte. 

 ¿Constitucional o inconstitucional ? 
El 22 de mayo, cuando se estableciò el 7 de diciembre como fecha de vencimiento de la cautelar, la Corte realizó consideraciones sobre los argumentos del grupo Clarin para sostener la medida y si bien fundamentaron el fallo sobre ese tema, también trataron cuestiones de fondo, toda vez que la propia medida cautelar estaba orientada a “proteger” garantìas constitucionales que el Grupo Clarin considera afectadas. 
Allí la Corte dice, en resumen, que la aplicación del art. 161 está dentro del campo patrimonial y que no se afecta la libertad de expresión por su aplicación. 

Dijo la Corte en los considerandos 9 y 10 del 22 de mayo: 
“9)... Las peticionarias de la medida cautelar sostienen que debe suspenderse la aplicación del art. 161 de la ley 26.522 porque les ocasionaría un daño concreto. A la hora de identificar ese perjuicio señalan que éste radica en la pérdida de licencias que les han sido concedidas, lo que les causa zozobra econ6mica y financiera mas especificamente, consiste en que las obliga a vender activos que detalla (fs. 29) por lo que " ... la nueva LSCA afecta irremediablemente el derecho de propiedad de mis mandantes ... " (fs. 30). En conclusión, la propia pretensión de las demandantes ubica a la cuestión litigiosa dentro del campo patrimonial, especificamente en relación a una norma de derecho de la competencia, como es la del art. 161 de la mencionada ley. 
10) Que en cuanto a la protecciòn de la libertad de expresión, esta Corte ha sido muy clara y consistente en su reconocimiento a lo largo de una extensa e importante jurisprudencia. Sin embargo, en la causa no hay más que una mención al tema, ya que la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de que modo resultaria afectada esa libertad. Mas aun, en sus escritos no hay mas que menciones generales, pero no existen argumentos que relacionen directamente la norma de desinversión con la libertad de expresión. Ello resulta necesario, porque en todo el derecho comparado existen normas de organización del mercado en el campo de los medios de comunicación, sin que su constitucionalidad haya sido cuestionada de modo genérico. Debe existir una afectación concreta de la libertad de expresión para invalidar una norma de regulación de la competencia, lo que en el caso no se ha demostrado, al menos en el campo de la medida cautelar.” 

A partir de estos antecedentes, no hay indicios que el grupo Clarin haya agregado más pruebas para sostener el pedido de inconstitucionalidad del art. 161, por lo cual el Juez de primera instancia debería fallar de acuerdo a los considerandos de la Corte que tuvo la causa en sus manos. No obstante siempre puede haber “sorpresas” y en ese caso, el juez deberá fundamentar el fallo adverso al art. 161. Otra posibilidad es que el Juez no se atenga a la urgencia de la Corte y esta deba en definitiva avocarse a la causa para resolver la cuestión de fondo. 

Mientras tanto, faltan unos días para uno de los más grandes logros de la democracia.

la marcha de la queja

La marcha convocada por los grupos mediáticos, la derecha y los partidos políticos de la oposición tuvo una importante adhesión, equiparable a otras tantas movilizaciones de estos ultimos años e infinitamente menor al voto popular que eligió a Cristina con mayoría absoluta hace un año. 

Los participantes no quisieron ser identificados con un partido político ni con una ideologia. Para sus convocantes son "ciudadanos" o simplemente la "gente" Pero se trata de un grupo heterogéneo de militantes políticos de toda la oposición y una mezcla de desinformados, individualistas, angurrientos, manipulados, distinguidos, privilegiados, evasores, ofendidos, colonizados, incultos, republiquistas, moralistas, etiqueros y otros legitimamente preocupados por su seguridad y sus ingresos. 

Todos conforman una corriente de opinión huérfana de una representación política. Y no la tienen porque es imposible que la logren. La marcha es la práctica de la idea de consenso y la muestra de su propio límite. Cualquier articulación o definición destruirá ese consenso. Son, a su manera, una patrulla perdida. 

Sin embargo, hay un puñado de deseos que expresan los protagonistas y que interpreta la oposición como un verdadero programa: la destitución del gobierno, la limitación del proyecto nacional y la defensa de los medios de producción del discurso hegemónico y corporativo. 

La cuestión es como responder politicamente a los deseos y al programa.
Las quejas y los deseos puntuales son incontrastables sin su traducción política. Nuestro proyecto es uno, conocido y votado. El de ellos múltiple, desconocido y sin expresión partidaria. Seria un error confrontar deseo por deseo para cambiar esas voluntades quejosas, porque como dijo el ruso, para conseguir despojarlos de esa voluntad, se deben modificar esos deseos y eso, esta fuera de la politica. 
Respecto a la interpretación de esos deseos, hay que entender que el núcleo de la defensa de los intereses populares no esta en el poder del gobierno, aun cuando ese poder coincida con esos intereses, sino en la resistencia popular. En todo caso queda pendiente construir una forma interpelación puntual y concreta a los programas opositores. 

En el día después es esperable la construcción de una apariencia de mayoría, bien sostenida por las imagenes y la cobertura de los medios, en este contexto y con esta legitimidad virtual no sería extraño que el grupo Clarin de el ultimo zarpazo para lograr la inconstitucionalidad de la ley de medios o lisa y llanamente su incumplimiento despues del 7 de diciembre.

 Porque de esto se trata. La madre de todas las batallas.

El narcosocialismo, el proradicalismo y el perocacerolismo.

El jefe del narcosocialismo santafesino despertò de su siesta y se paseò por los medios amigos para tratar de deslindar la responsabilidad politica del socialismo santafesino por haber designado un jefe de policia narcotraficante. La estrategia, nada nueva, es echarle la culpa al gobierno nacional y pinchar la investigación en su provincia. Pero Binner tiene claro como viene el tema. Dijo:"La marihuana entra por la ruta 11 y la cocaína por la 34". Lo que queda claro entonces es que no los detienen sino que les cobran peaje.

El proradicalismo homenajeo a Alfonsin en la Federaciòn de Box con Macri, Ritondo, el presidente de Boca, Posse y Baylac, entre otras presencias estelares. Triste final para un partido centenario. sin embargo, el radicalismo que resiste sin memoria tambièn recordo al ex presidente. Alfonsin hijo recordo al padre diciendo que "nunca se le hubiera ocurrido hacer una ley de medios" y denunciò amargamente el uso politico de Alfonsin en la lucha por la aplicaciòn de la ley. Un uso politico mas digno que su afiche de campaña. 



Y como broche de oro, Barrionuevo de la CGT Azul y Blanca anunció su participación al caceroleo espontaneo programado para noviembre, prometiendo su presencia en el obelisco.

El casamiento de Moyano

El 22 de Octubre de 1945 el Coronel Juan Domingo Perón y María Eva Duarte contraen matrimonio en la localidad de Junin. Dijo el General recordando ese dìa "la decisión del casamiento con Eva fue el primer acto revolucionario que produjo el justicialismo" y concluyó "Era natural por ello que en tal comunicación de ideas y de sentimientos naciera ese amor con el cual enfrentábamos al mundo."


El 22 de octubre de 2012, Moyano y Macri contraen alianzas en la sede de la UATRE. Dijo el Jefe del PRO. "Nos une el amor por el paìs" y concluyó "tenemos un enorme futuro y por eso estoy dispuesto a trabajar, así que cuenten conmigo"