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La Cámara en lo Civil y Comercial extendió la medida cautelar que excluye al grupo Clarin de las regulaciones de la Ley de medios y le otorgó arbitrariamente el plazo de un año para la adecuación a la ley en el caso que se declare la constitucionalidad del art. 161. 

De esta manera la Cámara falló contra lo dispuesto por la Corte el 27 de noviembre, pero fue rápida y efectiva para constituir el tribunal, rechazar las recusaciones del estado contra sus integrantes y fallar de acuerdo a los intereses del grupo un día antes del 7 de diciembre, último plazo dispuesto por la Corte para la cautelar. 
Más temprano, la corporación judicial había sacado un comunicado que avecinaba lo que sucedería horas antes cerrando filas alrededor de la Cámara. 
Hoy el estado presentó un recurso ante la Corte para que se revoque esa medida, que implica, de ser admitido el recurso, no sólo la confirmación del vencimiento del plazo sino ademàs la caída de la cautelar otorgada oportunamente por la primera instancia. Dificil anticipar la resolución de la Corte. Pero de acuerdo a los antecedentes queda claro que se trata del juego del policìa bueno y el policìa malo, pero policías al fin, dedicados a darle al grupo lo que hoy necesita, tiempo y un menù de recursos e instancias judiciales eternas. Por mencionar el caso, el esperado fallo definitivo, promete ser “salomònico” ley constitucional pero con plazo de un año, obviamente recurrible. 

Lo grave del fallo de la Càmara es que deja en claro el compromiso de los jueces con el orden corporativo. Jueces que no son elegidos por el pueblo, vitalicios, con jubilaciones de privilegio, exenciones impositivas y con derecho a recibir favores y prebendas bajo la cobertura de “actividades acadèmicas” 
La voluntad popular no puede quedar entrampada en la lógica de las corporaciones, aunque habrá que recorrer ese camino, sencillamente porque es irracional quitarle al estado la capacidad para regular un servicio publico y restringir las actividades monopólicas. 
Pero también, frente a estos problemas novedosos para la democracia, se deberán buscar soluciones legislativas que permitan lograr los objetivos de la ley de medios. Entre ellas, por ejemplo, incorporar el art. 25 del proyecto original de la ley de medios rechazado por la oposición, y asi modificar las condiciones de competencia.

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