La reforma judicial en Diputados: Ampliación de la base democrática del Consejo de la Magistratura.


El proyecto, tuvo modificaciones en la Comisión, manteniendo el manejo de parte del presupuesto judicial y política salarial en manos de la Corte, debiendo entonces retornar al Senado para su sanción definitiva. 

El proyecto de democratización del Consejo de la Magistratura: 
El Consejo de la Magistratura es un organismo que tiene a su cargo el procedimiento para la selección de los jueces y la administración del Poder Judicial. En un estado de derecho, sólo los jueces tienen la última palabra sobre la vida, las relaciones de familia, el trabajo, los bienes y la libertad de los habitantes. Ese inmenso poder está en manos de estas personas. ¿ Cual es la fuente de su legitimidad ? ¿ Quien los elige ? 

En la actualidad, el Consejo propone los candidatos para que sean designados por el Presidente de la Nación en acuerdo con el Senado. Y este Consejo esta compuesto por representantes de los organos políticos, jueces, abogados y académicos. Sólo los consejeros designados por el Poder Legislativo y Ejecutivo, tienen su legitimidad fundada en la voluntad popular. El resto, jueces, abogados y academicos son elegidos por los propios estamentos, es decir, se eligen entre ellos, como si fueran una clase especial de ciudadanos bendecidos por algun don misterioso por sobre el resto de ciudadanos. 
Esta fuente de legitimidad, el simple pertenecer a una corporación o estamento, es contraria a las bases democráticas de nuestro sistema constitucional que establece un gobierno representativo y que tiene como instituciones básicas a los partidos políticos. 
El Proyecto de ley de reforma parte entonces de la idea de legitimar ese organismo a partir de la intervención de la voluntad popular estableciendo mecanismos de elección de consejeros provenientes de los estamentos de los jueces, abogados y academicos o cientificos. 
Quienes se resisten a este cambio, le tienen miedo a la voluntad de la mayorias, a la representación política y resisten desde un poder judicial elitista supuestamente "independiente" de la política pero dependiente muchas veces de otros intereses inconfesables. 
El proyecto aumenta el Consejo de 13 a 19 miembros a fin de garantizar la igualdad en la representación de los estamentos y elimina en el caso de los academicos el requisito de ser exclusivamente abogados. Así la composición del Consejo será de 3 jueces, 3 abogados, 6 académicos, 6 legisladores, y un representante del Ejecutivo. Su elección a través de las listas de partidos en las elecciones nacionales se repartirá proporcionalmente entre la mayoría y la primera minoría, según el resultado electoral. También incorpora entre las facultades del Consejo la facultad de designar jueces subrogantes y no como hasta ahora atraves de papelitos o sorteos truchos. Se introduce la publicidad de los concursos, igualdad y el trato no discriminatorio. Se amplia la competencia para juzgar a los jueces subrogantes, hasta ahora exentos de cualquier sancion.

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